lunes, 5 de enero de 2009

Sistema de Evaluación Permanente de Conductores

El Sistema de Evaluación Permanente de Conductores (SEPC), que entrará en vigencia el 1 de enero de 2009, consiste en la asignación de un puntaje a cada conductor y el descuento de puntos en función de las infracciones cometidas.

Se le otorgarán veinte (20) puntos a cada conductor. Cada descuento parcial de puntos queda sin efecto a los dos (2) años de efectuado siempre que el conductor, durante ese lapso, no haya alcanzado los cero (0) puntos.

Cuando se alcancen los cero (0) puntos, el castigo será la inhabilitación para conducir que podrá extenderse desde los sesenta (60) días hasta los cinco (5) años.

Además, en ese lapso, tendrá que cumplir y aprobar un curso de educación vial y prevención de accidentes de tránsito. Llegar a “cero punto” determinará menos tiempo de validez del registro de conductor, a la hora de renovarlo. Los reincidentes crónicos tendrán una inhabilitación más larga o permanente.
Los buenos conductores recibirán premios y bonificaciones en los trámites relacionados al manejo.

Cantidad de puntos que se descuentan en función de las infracciones

2 (dos) puntos:

  • Circular sin el cinturón de seguridad.
  • No acatar las indicaciones de la autoridad.
  • Circular sin el casco protector. (motos)

4 (cuatro) puntos

  • Circular con licencia vencida.
  • No cumplir con las condiciones de la licencia (uso de anteojos o lentes de contacto).
  • Conducir con licencia de categoría distinta a la correspondiente.
  • Conducir con menores sin el dispositivo de retención infantil correspondiente.
  • Girar en lugar prohibido (hacia una transversal en forma no reglamentaria o giro en U en una misma arteria).
  • Circular marcha atrás en forma indebida.
  • Obstrucción de vía.
  • No ceder el paso a bomberos, ambulancias, policía de servicios públicos o de urgencia.
  • No dar prioridad de paso a los peatones.

5 (cinco) puntos

  • Circular con cualquier elemento que permita evadir los controles de tránsito y/o velocidad.
  • Conducir utilizando celular, mp3 o auriculares.
  • Circular en sentido contrario.
  • No respetar la prioridad de paso de una bocacalle y/o un indicador de “PARE”.
  • Interrumpir el paso de filas escolares.
  • Circular por calles a más de 10 km. y hasta 20 km. de la velocidad permitida y, en avenidas, a más de 20 km. y hasta 40 km. en exceso de la velocidad permitida.
  • Cruzar barreras férreas bajas (contravención).
  • Violación de luz roja identificada (contravención).

10 (diez) puntos

  • Negativa al control de alcoholemia, estupefacientes u otras sustancias.
  • Circular por las calles a más de 20 km. de la velocidad permitida y, en avenidas, a más de 40 km. en exceso de la velocidad permitida.
  • Conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos de estupefacientes.
  • No cumplir las obligaciones legales a cargo, en caso de participar en un accidente de tránsito.

20 (veinte) puntos

  • Participar, disputar u organizar, competencias de velocidad o destreza en la vía pública (picadas).

Los conductores podrán recuperar parcialmente 4 (cuatro) puntos realizando un curso especializado en educación vial, con temas de derechos humanos y socorrismo.

En caso de llegar a "Cero Puntos"

  1. Por primera vez
    Se lo inhabilitará por 60 (sesenta) días, o podrá optar por realizar un curso de educación vial.
  2. Por segunda vez
    Se lo inhabilitará por 180 (ciento ochenta) días, y deberá realizar el curso de educación vial.
  3. Por tercera vez
    Se lo inhabilitará por 2 (dos) años, y además deberá realizar el curso de educación vial.
  4. Por cuarta vez y sucesivas oportunidades
    Se lo inhabilitará por 5 (cinco) años, y además deberá realizar el curso de educación vial.

Beneficios

Los conductores que no registren descuentos de puntos en los 2 (dos) años anteriores a la fecha de vencimiento de sus licencias, al renovar las mismas, quedarán exhimidos de concurrir a las clases de actualización de normas de tránsito, y serán bonificados con el 100% del valor de la tarifa correspondiente.

Las faltas que se detallan a continuación entrarán en vigencia al año de la efectiva implementación del Sistema (SEPC):

  • Cruce de bocacalles.
  • Circulación marcha atrás.
  • Obstrucción de vías.
  • Prioridad de paso a personas.

Al año de la efectiva aplicación del Sistema y por única vez, todos los conductores recuperarán la totalidad de los puntos asignados 20 (veinte):

  1. Si en los 2 (dos) años anteriores al vencimiento de la licencia, el conductor que la renueva ha alcanzado los 0 (cero) puntos, la validez máxima de la licencia renovada se reducirá a la correspondiente a su edad.
  2. Si por segunda vez el conductor alcanzó los 0 (cero) puntos antes de los 2 (dos) años anteriores al vencimiento de la licencia, al renovarla, la validez máxima se reducirá a la mitad de la correspondiente a su edad.
  3. Si en los dos (2) años anteriores a la fecha de finalización del trámite el conductor alcanzó los cero (0) puntos tres (3) veces o más en el SEPC, la validez máxima se reduce EN tres cuartos (3/4) de la correspondiente a su edad.

1 comentario:

  1. El solo endurecer las sanciones no frenara los accidentes, se debe trabajar para sentar las bases en una cultura vial, propongo que el Ministerio de Educacion prepare una curricula sobre seguridad vial y ciudadana en general, en la actualidad es lo que sirve al ciudadano en su dia a dia

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