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miércoles, 23 de diciembre de 2009

Pasos a realizar para comprar autos usados

Al momento de concretar una transacción de automóviles usados hay documentos y trámites que deben realizar tanto el comprador como el vendedor:

• El primer paso para ambas partes es que se posea el original del título de propiedad del automotor. Este documento tiene los datos identificatorios del vehículo y es sumamente importante para comprobar la validez y legalidad del bien.

• La cédula verde del auto también posee los datos identificatorios del mismo y deberá siempre llevarse consigo cada vez que se utilice el vehiculo. El trámite de la misma se realiza al momento de la compra del automotor.

• Además de ser indispensable esta documentación, también es importante que el comprador pida en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor (http://www.dnrpa.gov.ar), un informe de Dominio.

Una vez que fueron realizados todos estos pasos y trámites, se procede a la transferencia de dominio, trámite en el cual también además de lo anterior, debe presentarse una extensa documentación que se detallará a continuación:

Formulario 08: Es el formulario mediante el cual se efectiviza el Contrato de Transferencia y la Inscripción de Dominio de un vehículo. Debe firmarlo el titular del vehículo al venderlo (y su cónyuge, si correspondiera) y el comprador. De esta manera quedará inscripto en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor para que realmente se concrete la transferencia de la titularidad del vehículo.

Las firmas del Formulario 08 tienen que ser certificadas por Escribano Público o en el Registro Automotor. Las mismas caducan a los 90 días hábiles, por lo tanto dentro de ese plazo el comprador debe realizar la transferencia.

Formulario 012: Es ni más ni menos que la verificación legal vehicular. Se debe realizar obligatoriamente y en la misma se constatan las numeraciones de chasis y motor con la documentación del mismo.

La aplica el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor para transferencias, reempadronamiento vehicular, cambios de dominio, inscripción inicial, regrabado de motor o chasis, etc y se realiza ante los Registros Seccionales de cada ciudad o localidad.

En tanto la verificación física debe hacerla obligatoriamente si realizó la transferencia de un auto inscripto inicialmente desde el 1º de enero de 1985 y de una moto importada si fue inscripta a partir del 1º de enero de 1994, y lo mismo para una nacional de más de 125 cm³ de cilindrada.

Formulario 381: Este es un formulario emitido por la AFIP para vehículos importados desde 1986, adquiridos directamente o por transferencia desde el 1 de enero de 1988 hasta el 18 de octubre de 1992, y para autos, desde esa fecha en adelante, que tengan un valor superior a $ 25.000.

Impuesto docente ley 25.053: Se le aplica a vehículos cuyo valor es de $4.000 o más y que estén inscriptos desde el año 1979 hasta el año 1999 inclusive.

Impuesto de emergencia: Se le aplica solamente a vehículos inscriptos desde el año 1980 hasta el año 1989 inclusive. Solo basta con presentar el comprobante de pago del mismo.

Libre deuda de multas: Tal como su nombre lo indica el auto no podrá adeudar multas de tránsito.

Libre deuda de patentes: El vehículo tampoco podrá adeudar ninguna de las patentes. Para informes y pagos de las mismas, en la Capital Federal la Dirección de Rentas,http://www.rentasgcba.gov.ar, se encuentra en la calle Suipacha al 900, en tanto que Rentas de la Provincia de Buenos Aires, http://rentas.gba.gov.ar, se sitúa en Diagonal Norte 812 en la Capital Federal.

Oblea: Es la oblea colocada en la Verificación técnica vehicular, pero solamente aplicada a vehículos radicados en la provincia de Buenos Aires con más de dos años de antigüedad desde la fecha en la inscripción inicial.

CUIT, CUIL o CDI y DNI y fotocopia del comprador


Fuente: Diario Clarín Autos Clasificados

jueves, 11 de junio de 2009

Argentina: En Octubre se lanza la licencia de conducir única en todo el país

Si todo funciona como lo prometen, serán tres etapas: el mes que viene se terminará de integrar el Registro Nacional de Inhabilitados, que buscará evitar que quienes por alguna razón no estén habilitados para manejar en una jurisdicción puedan obtener la licencia en otra. Con ese Registro en marcha, en octubre, se arrancará con la "Licencia Unica de Conducir", pero este año no alcanzará a todo el país, sino a tres provincias. Recién después se implementaría un sistema de puntos (scoring) nacional. Ahora, cuando alguien comete una infracción y no tiene licencia de conducir emitida en la Ciudad, no se le pueden descontar puntos.

La Ley Nacional de Seguridad Vial (fue sancionada en abril de 2008 y reglamentada en octubre) prevé la creación de la licencia única de conducir nacional y un sistema de puntos que se restan por cada infracción grave que se comete hasta el punto de poder perder el registro.

Felipe Rodríguez Laguenz, director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), explicó que en octubre hicieron un relevamiento en algunas de las 1.800 bocas de expendio de licencias que hay, y en función de sus resultados desarrollaron un Plan Nacional de Licencias de conducir que consta de tres etapas.

La primera: "En julio terminará de integrarse el Registro Nacional de Inhabilitados. Eso incluye tanto a los que no estén habilitados para manejar por la Justicia de Faltas, por problemas de salud, psicofísicos o por cuestiones penales". En la práctica, las provincias deberán informar a la ANSV los casos de inhabilitaciones y allí se integrarán a un Centro de Datos que permitiría a las otras jurisdicciones consultar esos antecedentes antes de emitir una licencia.

La segunda etapa se pondría en marcha en octubre y consta de la creación de la licencia única nacional. "Comenzará a implementarse en tres provincias. En enero se hará en otras diez y el resto a lo largo de 2010", dijo. Pero no todas las provincias adhirieron a la Ley: 16 distritos se sumaron; Catamarca y Corrientes tienen media sanción, y Córdoba, la Ciudad de Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos y Misiones están en trámite legislativo. San Luis no empezó el trámite.

La licencia presentará algunas incorporaciones: "Tendrá un código de rápida identificación y se va a incorporar el CUIT o CUIL de la persona. Esto va a facilitar el cruce de datos con Rentas provinciales o la AFIP si hay que identificarlo". Las licencias que ya se emitieron "no van a perder vigencia, pero obviamente esos conductores entran igual en el sistema porque la jurisdicción deberá informar sus registros a las bases de datos", dijo Rodríguez Laguenz.

La tercera etapa será la implementación de un sistema nacional de puntos que se prevé para 2011.

Fuente: Diario Clarín